Derecho de Familia y sucesiones

9/24/20254 min read

Familia y Sucesiones en Argentina (2025): guía clara de derechos, pasos y costos

Divorcio, cuota, cuidado de hijos, herencias y sucesiones. Pasos, plazos y costos en Argentina (2025). Asesoramiento legal claro y accionable.

Los conflictos familiares y las herencias suelen aparecer en momentos sensibles. Esta guía reúne lo esencial para actuar con calma y respaldo legal, ya sea en temas de divorcio, cuota alimentaria, cuidado de hijos y régimen de comunicación, o en sucesiones y herencias. Todo actualizado a 2025 y pensado para personas que necesitan pasos claros y soluciones prácticas.

Importante: La información es general. Cada caso requiere un análisis particular. Si necesitás una consulta personalizada, podés escribirnos por WhatsApp.

1) Derecho de Familia: lo esencial

1.1 Divorcio (express / unilateral)

  • En Argentina no hace falta alegar causa. Cualquiera de los cónyuges puede solicitarlo.

  • Se presenta una propuesta reguladora: vivienda, bienes, deudas, cuidado de hijos, cuota y comunicación.

  • Puede ser unilateral (si no hay acuerdo) o de mutuo acuerdo.

Pasos básicos

  1. Reunir acta de matrimonio y actas de nacimiento de hijos (si los hay).

  2. Definir propuesta (o iniciar sin acuerdo y que lo resuelva el juez).

  3. Presentar demanda con abogado/a.

  4. El juez dicta sentencia de divorcio; luego se inscribe.

Plazos: varían según juzgado y si hay acuerdo.
Costos: honorarios + tasas; pueden ser moderados si hay acuerdo.

1.2 Cuidado personal de hijos (tenencia)

  • Puede ser indistinto (ambos) o unilateral (uno de los progenitores), priorizando siempre el interés superior del niño.

  • El cuidado puede organizarse con un plan de parentalidad (escuela, salud, horarios, traslados).

Tip práctico: Si hay buena comunicación, un acuerdo escrito homologado evita conflictos futuros.

1.3 Régimen de comunicación (visitas)

  • Es el derecho del niño a mantener contacto con ambos progenitores y su familia extensa.

  • Se puede acordar o fijar judicialmente.

  • Puede incluir vacaciones, fechas especiales y comunicación digital.

1.4 Cuota alimentaria

  • Cubre alimentación, vivienda, educación, salud, vestimenta, recreación y gastos extraordinarios.

  • Se fija según necesidades del niño y posibilidades del progenitor que paga.

Documentación útil

  • Recibos de sueldo, facturación, gastos escolares y médicos, alquiler/expensas, etc.

Incumplimiento

  • Ejecución de cuota, embargos, retención de haberes, registro de deudores alimentarios, restricciones para salir del país o sacar registro en algunas jurisdicciones.

1.5 Uniones convivenciales

  • Parejas que conviven (con o sin hijos).

  • Se recomienda registrar la convivencia en el Registro Civil y, si corresponde, firmar pacto convivencial (reparto de bienes, vivienda, etc.).

  • Ante ruptura, puede haber compensación económica para el conviviente más perjudicado.

2) Sucesiones y herencias: qué tener en cuenta

2.1 ¿Cuándo se inicia la sucesión?

  • Cuando una persona fallece y deja bienes registrables (inmuebles, autos) o valores.

  • Los herederos (descendientes, ascendientes, cónyuge) o un albacea pueden iniciarla.

Documentos generales

  • Partida de defunción.

  • Actas de nacimiento/matrimonio/divorcio de herederos.

  • Documentación de los bienes (escrituras, títulos, informes de dominio, valuaciones).

2.2 Legítima hereditaria y testamentos

  • La ley protege una porción legítima para hijos (descendientes), padres (ascendientes) y cónyuge.

  • El testador no puede disponer libremente de todo: solo de la porción disponible.

  • Testamentos válidos: ológrafo (de puño y letra), por acto público (ante escribano y testigos).

2.3 Tipos de sucesión

  • Ab intestato (sin testamento): heredan los parientes según el orden legal.

  • Testamentaria: se cumple la voluntad del testador respetando la legítima.

2.4 Pasos básicos del proceso sucesorio

  1. Reunir documentación y contratar abogado/a.

  2. Presentación de la demanda sucesoria y pedido de declaratoria de herederos.

  3. Inventario y avalúo de bienes (si corresponde).

  4. Inscripciones de la declaratoria y partición de bienes entre herederos.

Plazos: 4 a 12 meses o más, según la complejidad y la jurisdicción.
Costos: honorarios + tasas judiciales/registrales + informes registrales.

2.5 ¿Se puede vender un inmueble durante la sucesión?

  • Sí, con autorización judicial o mediante cesión de derechos hereditarios.

  • La inscripción definitiva se realiza luego de la declaratoria/partición.

3) Checklist rápido

Si estoy por separarme o divorciarme

  • ☐ Conseguir actas (matrimonio, nacimiento hijos).

  • ☐ Definir vivienda, bienes y deudas.

  • ☐ Propuesta de cuota alimentaria y plan de parentalidad.

  • ☐ Documentación económica (ingresos, gastos).

  • ☐ Consultar con abogado/a para presentar la acción o acuerdo.

Si necesito iniciar sucesión

  • ☐ Acta de defunción + actas de herederos.

  • ☐ Escrituras/títulos, informes de dominio.

  • ☐ Datos del patrimonio (bancos, autos, inmuebles).

  • ☐ Acuerdo entre herederos (si es posible, acelera).

4) Preguntas frecuentes (FAQ)

¿El divorcio puede ser unilateral?
Sí. En Argentina no es necesario el consentimiento del otro cónyuge ni alegar causa.

¿Cómo se calcula la cuota alimentaria?
Se ponderan necesidades del hijo/a y posibilidades reales del progenitor. Puede actualizarse por inflación o cambios de ingresos.

¿Qué pasa si no puedo ver a mi hijo/a?
Se puede pedir régimen de comunicación judicial y medidas urgentes si hay impedimentos injustificados.

¿Quiénes heredan sin testamento?
Descendientes (hijos/nietos), ascendientes (padres/abuelos) y cónyuge, según el orden legal y respetando la porción legítima.

¿Se puede impugnar un testamento?
Sí, si afecta la legítima, si hay vicios de forma o dudas sobre la capacidad del testador.

¿Cuánto demora una sucesión?
Depende del caso: desde algunos meses hasta más de un año si hay conflictos o muchos bienes.

5) ¿Cuándo necesito sí o sí un abogado/a?

  • Para divorcio, homologación de acuerdos, régimen de comunicación, fijación/ejecución de cuota.

  • Para iniciar sucesión, inscripciones y partición de bienes.

  • Para acuerdos de convivencia o compensación económica tras ruptura

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